0. Ranked Firm 2023

Licencias para compartir contenidos digitales en internet

Compartir:

La evolución del mundo digital nos ha llevado a crear espacios virtuales para interactuar con el entorno de forma global, a través de publicaciones, investigaciones, material audiovisual, desarrollos interactivos etc. los cuales de forma masiva y sin fronteras pueden ser consultados constantemente y casi sin restricción.

Internet es el actor principal en este contexto, pues es un facilitador para la búsqueda y obtención de la información requerida por cualquier usuario; la web 2.0 redefinió la relación: Usuario – Internet y sus contenidos on line,  tal como lo manifestó Tim O’Reilly fundador de la editorial O’Reilly Mediaespecializada en libros de tecnología en 2004; O´ Reilly  aseguró una transformación constante de la web tradicional de solo acceso, a otra con la capacidad de permitir interacción a información que luego pudiese ser descargada, modificada, duplicada y replicada con personalización cultural.[1]

 

Es clave la evolución de la web pues convirtió a los usuarios en   desarrolladores proactivos de contenidos digitales, entendiendo contenidos no solo por escritos, también por el desarrollo de piezas gráficas, galerías de fotos, videos, memes, gifs y todo tipo de archivo desarrollado de manera propia y compartida a través de internet.

 

Alternativas para compartir contenidos digitales en Internet

 

La ONG conocida como  Creative Commons en español “Bienes Creativos Comunes”, promueve la reducción de barreras normativas sobre el reconocimiento a los derechos de autor, sin caer en la penalización de no reconocer su autoría; a través de esta entidad los creadores pueden expresar su consentimiento para ser copiadas, difundidas o incluso realizar adaptaciones sobre sus obras, con el fin de legalizar este consentimiento, Creative Commons creó un registro (CC) como una alternativa al ©, así manifestar el alcance de la los permisos de los autores para el uso de sus obras y contenidos digitales.

 

Las redes sociales, plataformas web (blogs, portales y páginas web), son grandes promotores de todas las creaciones concebidas desde el intelecto de su autor hasta su posterior comunicación al público a través de medios virtuales.

 

El objetivo de la organización es el reconocimiento al esfuerzo creativo e innovador de los autores, dejando algunos derechos reservados y compartir bajo su consentimiento los desarrollos realizados, con base en unas pautas gratuitas.

Para ser transparente con estas acciones, Creative Commons en su web site tiene un buscador de contenidos CC, así mismo en trabajo conjunto con Google es posible segmentar imágenes bajo diferentes tipos de licencias establecidas por la organización sin perjuicio de su utilización.

 

¿Cuáles son las licencias de CC?

 

Antes de conocer las licencias establecidas por Creative Commons, para regular el uso de contenidos digitales en la red, protegiendo el derecho de autor y permitiendo que nuevas obras puedan ser creadas y difundidas, las condiciones para acceder a las licencias son las siguientes[2]:

  • Atribución:Las obras y desarrollos pueden ser explotadas con fines económicos, pero deben reconocer el derecho al autor de las mismas. Su sigla es (By)
  • No comercial: Las obras y desarrollos intelectuales pueden ser copiados, difundidos, distribuidos e incluso expuestos, siempre y cuando su uso no sea comercial.
  • Compartir igual: Las obras derivadas de originales pueden ser comunicadas, pero deben tener la misma licencia que regula la obra original. (=)
  • Obras derivadas: No hay permiso para crear una obra derivada, con base en la transformación o cambio de una obra original.

 

De tal forma las licencias más utilizadas son:

 

  • Reconocimiento + No comercial (by-nc)
  •  Reconocimiento + Sin obras derivadas (by-nd)
  • Reconocimiento + Compartir igual (by-sa)
  • Reconocimiento + No comercial + Sin obras derivadas (by-nc-nd).
  • Reconocimiento + No comercial + Compartir igual (by-nc-sa)[3].

Los casos más conocidos en los cuales se aplican bien estas licencias son los materiales audiovisuales como fotos y videos, pues bajo dichas normas es posible difundir contenidos y reconocer los derechos de autor sin perjuicio de usarlos inadecuadamente o desvirtuar el origen de la obra o su propósito de desarrollo.

En suma, proteger los contenidos digitales es una misión que va en pro de motivar la capacidad de innovación y creatividad de los autores, se convierte en un reto para el canal de difusión utilizado, la creación de normas específicas y la adopción de regulaciones que puedan extenderse al amplio espectro digital donde las obras son compartidas.

 

Si tiene alguna duda o inquietud en temas de emprendimiento, creación de empresas,  estructuración de modelos de negocio en TI, dudas jurídicas relacionadas o quiere una revisión legal de su modelo de negocio en tecnología, ingrese a http://www.abogadotic.co, escríbanos al correo [email protected], o pregunte en Twitter a @NODAbogada

 

Por: Andrea Talero – [email protected]

 

LAS OPINIONES COMPARTIDAS Y EXPRESADAS POR LOS PERIODISTAS Y CONTRIBUYENTES DE ESTE BLOG SON LIBRES E INDEPENDIENTES Y DE ELLAS SON RESPONSABLES SUS PROPIOS AUTORES. NO REFLEJAN NI COMPROMETEN LA RESPONSABILIDAD, LA OPINIÓN DE GRUPO D&P SAS, Y TAMPOCO CONSTITUYEN ASESORÍA O CONSULTORÍA LEGAL, POR LO CUAL NO PUEDEN SER INTERPRETADAS COMO RECOMENDACIONES EMITIDAS POR GRUPO D&P SAS.

[1]https://disenowebakus.net/la-web-2.php

[2]https://www.cyldigital.es/articulo/derechos-de-autor-y-tipos-de-licencia

[3]https://www.cyldigital.es/articulo/derechos-de-autor-y-tipos-de-licencia

 

 

 

otros artículos

También te podría interesar

Abrir chat
Escanea el código
Hola,
¿Cómo podemos ayudarle?