Implementación SARLAFT y SAGRILAFT en Colombia
Implementamos el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) y su versión actualizada para empresas no financieras (SAGRILAFT) en empresas de tecnología, fintech y otros sectores obligados. Estructuramos el sistema completo acorde con el nivel de riesgo de la actividad y el sector en que se clasifica tu operación.
¿Qué incluye nuestro servicio de implementación SARLAFT?
- Capacitación al área de riesgos y al Oficial de Cumplimiento designado.
- Estructuración de toda la documentación del sistema: manual, políticas, matrices de riesgo, formatos y procedimientos.
- Asesoría en la implementación inicial del sistema.
- Servicio de Oficial de Cumplimiento (en modalidad outsourced cuando aplica).
- Reporte a la UIAF y demás autoridades competentes.
- Acompañamiento ante visitas y requerimientos de la Superintendencia correspondiente
¿Mi empresa está obligada a implementar SARLAFT o SAGRILAFT?
La obligación de implementar SARLAFT o SAGRILAFT depende del sector económico, el tipo de actividad y los niveles de ingresos o activos de la empresa. Las empresas vigiladas por la Superintendencia Financiera (bancos, fintech vigiladas, fiduciarias, compañías de financiamiento) están obligadas a implementar SARLAFT. Las empresas del sector real vigiladas por la Superintendencia de Sociedades que superan ciertos umbrales de ingresos o activos deben implementar SAGRILAFT (Circular Básica Jurídica Capítulo X de la Supersociedades). Otros sectores tienen sistemas equivalentes: notarios, profesionales de bienes raíces, sector solidario, etc. En abtic evaluamos primero si tu empresa está obligada y bajo qué régimen.
Diferencias entre SARLAFT y SAGRILAFT
SARLAFT es el sistema histórico vigilado principalmente por la Superintendencia Financiera y aplicable a entidades del sector financiero. SAGRILAFT (Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva) es la versión actualizada y ampliada vigilada por la Superintendencia de Sociedades, aplicable a empresas del sector real que cumplen ciertos umbrales. SAGRILAFT amplía el alcance del riesgo, exige una autoevaluación más rigurosa y refuerza el rol del Oficial de Cumplimiento. Las fintech vigiladas siguen bajo SARLAFT; las empresas tecnológicas no vigiladas pero que superan umbrales, bajo SAGRILAFT.
SAGRILAFT LA NUEVA ACTUALIZACIÓN AL SARLAFT EN COLOMBIA
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Una empresa debe implementar SARLAFT o SAGRILAFT en tres escenarios: 1) Cuando es vigilada por la Superintendencia Financiera (fintech autorizadas, SEDPE, sociedades de financiamiento, etc.), la obligación es desde el inicio de operaciones, 2) Cuando es vigilada por la Superintendencia de Sociedades y supera los umbrales de ingresos o activos definidos en la Circular Básica Jurídica Capítulo X, la obligación se activa en el ejercicio fiscal siguiente al que se superan los umbrales, y 3) Cuando pertenece a sectores específicos con regímenes especiales (notariado, sector solidario, profesionales inmobiliarios, etc.). Ignorar la obligación expone a multas significativas y a sanciones administrativas que pueden afectar la operación.
El Oficial de Cumplimiento es la persona designada por la empresa para liderar la implementación, ejecución y mantenimiento del sistema SARLAFT o SAGRILAFT. Sus responsabilidades incluyen: garantizar el funcionamiento del sistema, monitorear operaciones inusuales o sospechosas, reportar a la UIAF cuando corresponda, capacitar al equipo, mantener actualizadas las políticas y procedimientos, atender requerimientos de autoridades, y rendir informes periódicos a la junta directiva. Debe ser una persona con autoridad dentro de la empresa, conocimiento técnico y dedicación suficiente. Muchas empresas medianas optan por contratar el Oficial de Cumplimiento como servicio externo (outsourced), opción que ofrecemos en abtic®.
El costo de implementar SARLAFT o SAGRILAFT en una empresa tecnológica varía según el tamaño, la complejidad del modelo de negocio, la cantidad de productos o líneas de servicio, el número de empleados a capacitar y la modalidad del Oficial de Cumplimiento (interno o externo). Para empresas pequeñas y medianas, la implementación inicial puede tomar entre 6 y 12 semanas y representa una inversión amortizable en el primer año por el ahorro de multas y la mejora reputacional. En la consulta inicial cotizamos el alcance exacto según las características de tu empresa.
Si una superintendencia visita la empresa y detecta que SARLAFT o SAGRILAFT no está implementado (cuando hay obligación legal), las consecuencias pueden ser: multas administrativas (que pueden ser millonarias en pesos), órdenes de implementación inmediata, sanciones a directivos y oficiales responsables, restricciones operativas (en casos graves, suspensión de actividades), reportes negativos en historial regulatorio y daño reputacional frente a clientes, inversionistas y aliados comerciales. La implementación preventiva siempre es más económica que enfrentar una sanción.