Estructuración de contratos TIC con clientes, aliados y proveedores
Estructuramos los contratos especializados que tu empresa de tecnología necesita para operar y crecer: contratos con clientes finales, alianzas comerciales con otras empresas y contratación de proveedores tecnológicos. Cada contrato se redacta a la medida de tu modelo de negocio, considerando estructura contractual, régimen tributario, propiedad intelectual y confidencialidad.
Contratos con clientes
Asesoramos la venta al cliente final, proponemos alternativas de negociación y verificamos el alcance legal de las propuestas comerciales que envías o aceptas. Estructuramos contratos especializados en el área tecnológica: contratos SaaS (Software as a Service), PaaS (Platform as a Service), IaaS (Infrastructure as a Service), de licenciamiento de software, de mantenimiento y soporte, de desarrollo de software a la medida y de venta de soluciones tecnológicas integrales. Para cada producto de tu compañía desarrollamos el contrato adecuado bajo la estructura contractual y el régimen tributario que mejor se ajusta.
Contratos con aliados comerciales
Si tu empresa busca crecer mediante alianzas con otras compañías, te asesoramos en la negociación y estructuración de contratos de alianza comercial, joint ventures y asociaciones temporales. Definimos con precisión aportes de cada parte, gobernanza del proyecto, propiedad intelectual de lo desarrollado en conjunto, distribución de ingresos, mecanismos de salida, no competencia y resolución de conflictos. Un contrato bien estructurado convierte a un aliado en un acelerador de crecimiento; uno mal estructurado puede convertirlo en un competidor con acceso a tu propiedad intelectual.
Contratos con proveedores tecnológicos
Administramos la contratación de tus proveedores del área tecnológica: desarrolladores externos, servicios cloud, integradores, proveedores de APIs, pasarelas de pago, fabricantes de hardware y consultores especializados. Estructuramos cada contrato acorde con la oferta presentada y las condiciones de aceptación de la negociación, con foco en propiedad intelectual del trabajo entregado, niveles de servicio, confidencialidad, exclusividad y reglas claras de terminación.
Nuestra fortaleza: experiencia en negociación de contratos TIC
Nuestra fortaleza está en la experiencia. Contamos con abogados que conocen los puntos más álgidos e importantes de cada negociación tecnológica: cómo proteger el código fuente sin frenar el negocio, cómo balancear SLAs realistas con expectativas comerciales, cómo estructurar penalidades sin perder al cliente, cómo redactar cláusulas de propiedad intelectual que funcionen tanto si el proyecto va bien como si termina mal, y cómo evitar las trampas más comunes en contratos cloud y licenciamiento de software. Te acompañamos hasta llegar a un buen acuerdo, no a uno cualquiera.
CUESTIONES CLAVE EN LA CONTRATACIÓN TI
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Los contratos TIC más comunes para empresas tecnológicas en Colombia son: contratos SaaS (suscripción a software en la nube), licenciamiento de software (uso de software bajo licencia con o sin código fuente), desarrollo de software a la medida, mantenimiento y soporte técnico, contratos PaaS e IaaS (plataforma o infraestructura como servicio), implementación e integración de sistemas, consultoría tecnológica, prestación de servicios cloud, contratos de outsourcing de desarrollo y nearshoring, contratos de transferencia tecnológica y acuerdos de no divulgación (NDA). Cada uno tiene cláusulas específicas que lo diferencian.
La diferencia central es el modelo de entrega y propiedad. En un contrato de licenciamiento de software, el cliente recibe una licencia para usar el software (instalado on-premise o entregado mediante un código de activación), generalmente bajo pago único o por usuario. En un contrato SaaS, el cliente accede al software como un servicio en la nube, alojado y operado por el proveedor, bajo modelo de suscripción periódica. Las cláusulas críticas son distintas: SaaS exige fuertes SLAs, tratamiento de datos del cliente, ciberseguridad y reglas claras de salida del servicio; licenciamiento exige reglas sobre uso, copias, mantenimiento y, en algunos casos, código fuente en custodia (escrow).
En un contrato de desarrollo de software a la medida son críticas las siguientes cláusulas: especificaciones técnicas detalladas y criterios de aceptación, propiedad intelectual sobre el código y los entregables (regla por defecto: pertenecen al desarrollador, salvo cesión expresa y por escrito al cliente), cronograma con hitos y entregables parciales, mecanismos de cambio de alcance (change requests), forma de pago vinculada a hitos cumplidos, garantía sobre defectos, mantenimiento post-entrega, confidencialidad sobre el negocio del cliente, código fuente en custodia (escrow) si aplica, y reglas claras frente a retrasos, defectos o terminación anticipada.
En un joint venture tecnológico, la propiedad intelectual debe segmentarse en tres niveles: 1) PI preexistente de cada parte: lo que cada socio aporta al proyecto sigue siendo de su propiedad y solo se licencia para el uso del JV. 2) PI generada en el joint venture: debe definirse contractualmente si pertenece al JV como entidad, a una de las partes o se cotitulariza, con reglas claras de uso, mantenimiento y comercialización. 3) PI generada después del JV: cómo se reparten o aprovechan los desarrollos derivados de lo creado conjuntamente. Sin estas reglas claras desde el inicio, los joint ventures terminan en disputas costosas cuando hay tracción comercial real.