El impacto del Decreto 0368 de 2026 en Open Finance

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La reciente expedición del Decreto 0368 de 2026 sobre Open Finance en Colombia marca un hito sin precedentes en la arquitectura del sistema financiero nacional. Aunque los titulares de prensa se han centrado en la democratización de los datos y el fin del monopolio informativo de la banca tradicional, la realidad técnica que subyace a esta normativa es mucho más densa. No estamos ante un simple cambio de política de privacidad; nos enfrentamos a una reingeniería obligatoria de los sistemas de intercambio de información que obligará a las entidades a migrar hacia modelos de plataforma abierta.

Debajo de la superficie regulatoria, el decreto plantea desafíos operativos que las áreas de tecnología y cumplimiento deben resolver con urgencia. A continuación, desglosamos los pilares críticos de esta transformación y lo que realmente implica para el ecosistema digital.

1. El modelo de negocio tras las APIs: ¿Gratuidad o monetización?

Uno de los puntos que mayor confusión ha generado es la supuesta gratuidad del sistema. Si bien la normativa es enfática al prohibir el cobro por los datos per se, introduce un matiz fundamental: el costo de la infraestructura de transporte.

El cobro por consulta (API Calls)

El Decreto 0368 de 2026 sobre Open Finance en Colombia permite que los bancos, en su rol de proveedores de datos, establezcan tarifas por el uso de su capacidad tecnológica. Esto transforma a los bancos en proveedores de infraestructura digital, similares a un modelo de Software as a Service (SaaS).

  • Factores de cobro: Las tarifas deben basarse en criterios técnicos y medibles.
  • Riesgo de barreras: Existe la preocupación de que los bancos utilicen los «costos de mantenimiento» como una herramienta para desincentivar a competidores más pequeños.
  • Vigilancia de la SIC: La Superintendencia de Industria y Comercio ya supervisa que estos cobros no se conviertan en obstáculos artificiales para la entrada de nuevas Fintech.

2. Gobernanza y el Directorio Central de Participantes

La interoperabilidad no puede existir sin confianza. Para resolver esto, el decreto delega en la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) la creación y administración de un Directorio Central de Participantes.

El rol de la SFC como Identity Provider (IdP)

Este directorio actuará como el nodo central de autenticación del sistema. Cualquier entidad que desee consumir datos (receptores) o proveerlos debe estar validada en este repositorio.

  • Validación Técnica: Las empresas deberán demostrar estándares de ciberseguridad robustos para obtener su «llave» de acceso.
  • Poder de Suspensión: La SFC tiene la facultad de desconectar a cualquier actor que represente un riesgo para la estabilidad del ecosistema.
  • El riesgo operativo: El éxito de la innovación dependerá de la agilidad de la SFC. Un directorio lento o con caídas constantes se convertiría en un cuello de botella que frenaría el flujo de transacciones en tiempo real.

3. El reto del Legacy y la deuda técnica bancaria

Para muchos bancos, cumplir con el Decreto 0368 de 2026 sobre Open Finance en Colombia supone un dolor de cabeza arquitectónico. La norma exige compartir el historial transaccional de los últimos 12 meses de los usuarios mediante protocolos automatizados.

De Mainframes a APIs modernas

Extraer datos en tiempo real de núcleos bancarios (Cores) que a menudo tienen décadas de antigüedad es una tarea monumental. Los arquitectos de software deben construir capas de abstracción seguras que permitan exponer estos datos sin comprometer la integridad del sistema principal.

  • Estandarización: La SFC definirá los protocolos técnicos comunes (como JSON/REST bajo estándares específicos de seguridad).
  • Cronograma gradual: La implementación no será inmediata. Una vez la SFC publique los estándares técnicos (para lo cual tiene un margen inicial), las entidades contarán con 12 meses para habilitar el acceso.
  • Interoperabilidad: El objetivo final es que cualquier aplicación financiera pueda «hablar» el mismo idioma técnico que el banco más grande del país.

4. ¿Qué esperar en el corto y mediano plazo?

Es vital entender que el Open Finance en Colombia no es un interruptor que se enciende de la noche a mañana. Es un proceso de maduración tecnológica y regulatoria. Los bancos cuentan con un «tiempo de gracia» estratégico mientras se definen las reglas técnicas de intercambio.

Interrogantes que definirán el futuro:

  • Capacidad de Respuesta: ¿Soportarán los servidores bancarios el volumen masivo de llamadas API que generarán los agregadores de datos?
  • Agilidad Estatal: ¿Podrá la SFC gestionar un directorio dinámico que crezca al ritmo de las startups más disruptivas?
  • Costo Real: ¿Cuál será el precio de mercado de cada consulta de datos una vez se auditen los «costos eficientes»?

Conclusión: Más que una norma, una revolución de backend

El Decreto 0368 de 2026 sobre Open Finance en Colombia es el punto de partida para la modernización financiera más ambiciosa de la década. No se trata solo de quién es dueño del dato, sino de quién tiene la mejor infraestructura para hacerlo circular de forma segura y eficiente. Las entidades que vean esto como una carga regulatoria perderán; aquellas que lo asuman como una oportunidad para mejorar su stack tecnológico liderarán la próxima ola de servicios financieros.

 

 

 

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Por: JHOHAN SANABRIA, [email protected]

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