viernes, 21 de agosto de 2015
“Quienes como ciudadanos hemos querido ejercer nuestros derechos y revisar en alguna ocasión documentos públicos, nos hemos visto obligados a desplazarnos físicamente hasta la administración encargada de su custodia, y tras una búsqueda digna de Sherlock Holmes, consultar los legajos que buscábamos sin posibilidad siquiera en algunos casos de fotocopiarlos”… (Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), 2012)
La anterior cita evidencia las necesidades en materia de información que tienen las empresas que desarrollan su objeto social alrededor de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y que enfocan porcentajes de sus metas de venta en los proyectos desarrollados por entidades estatales, tan familiarizados con estas situaciones. Datos como:
- El presupuesto general con el que cuenta cada entidad estatal
- La designación específica por rubro al interior de cada entidad
- El plan de compras y proyectos a desarrollar durante el año fiscal
Con estos datos las empresas pueden hacer más eficaz su planeación de ventas en el sector público enfocando sus esfuerzos en determinadas entidades, destinando sus esfuerzos comerciales a oficinas y departamentos que padecen las necesidades que la empresa soluciona e interviniendo de manera más competente en los proyectos y procesos públicos de contratación que despliegan las entidades estatales dentro del año fiscal.
Sin embargo, aunque parece sencillo, en mi cargo como asesora jurídica del área comercial, siempre recibo llamadas de los diferentes agentes preguntando dos cosas: si es posible acceder a la información que reposa, se produce o se le da seguimiento en las entidades públicas y, por supuesto, cómo acceder a ella.
Mi respuesta, aunque parezca obvia para mis colegas abogados, no lo es para mis clientes del área comercial y por eso es importante que las empresas del sector lo sepan y se incentive la práctica democrática de solicitar información. Por aplicación del artículo 15 y 23 de la Constitución Nacional, mediante derecho de petición se puede acceder a cualquier información que repose en una entidad pública, en todos los casos, salvo que se trate de información sometida a reserva por la misma constitución o la ley y, este caso de reserva, es realmente excepcional.
Las peticiones presentadas por los ciudadanos, ante cualquier entidad pública, para solicitar cualquier tipo de información no reservada, deben ser respondidas de conformidad con la Ley 1755 de 2015 que regula el derecho de petición, en máximo 15 días y de conformidad con la misma ley. Tenga en cuenta que comete falta disciplinaria el funcionario que omita dar respuesta cierta, completa y oportuna.
La información solicitada por las empresas, es útil desde todo punto de vista para hacer una buena hoja de ruta de las metas comerciales.
Algunos puntos cardinales para participar en los proyectos del sector público son:
La definición de presupuestos y planes de compra: puede solicitar esta información en los primeros meses del año debido a que de manera general, a nivel central, las entidades deben organizar presupuesto y plan de compras hacia el mes de octubre. Esto lo orientará para la participación en licitaciones y otro tipo de contrataciones.
Presupuesto de regalías: puede consultar este presupuesto que está disponible también para proyectos TIC, en el Departamento Nacional de Planeación, solicitando el estado de cuenta de cada departamento o municipio. Esto facilita a la empresa la estructuración del proyecto.
Planes Municipales y Departamentales de Desarrollo: para la planeación de proyectos e intervención en asociaciones público privadas, puede solicitar copia del Plan Municipal o Departamental de Desarrollo, en el que encontrará las metas y enfoques del gasto de presupuesto.
Recuerde que es su derecho el acceso a la información de las entidades públicas, no dude en ejercerlo.
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