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El decreto 2025: pros, contras y puesta en marcha

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El decreto 2025 publicado el 16 de octubre de 2015, y que entró en vigencia el pasado 1 de diciembre de 2015, con la justificación de mitigar la problemática del hurto y comercialización de terminales móviles en el país y en la subregión Andina, determinó en los capítulos I y II un control a la importación y exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles celulares y de sus partes, clasificadas en las subpartidas arancelarias 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00, lo que ha suscitado inconformidades por parte de algunos usuarios.

Debido a que las compras en el exterior a través de internet se han convertido en una opción para conseguir productos de todo tipo a precios muchos más bajos que los del mercado colombiano, la medida que generó desacuerdo fue la prohibición de la importación de los equipos en la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, expresada en el parágrafo 2 del artículo 3, del Decreto. Así como la prohibición de la exportación definitiva por tráfico postal y envíos urgentes contemplada en el artículo 7 del decreto.

El pasado 30 de noviembre, la DIAN emitió la circular externa 14 de 2015, en la que se desarrolla en detalle lo establecido por el decreto. Se aclara que, la importación y exportación de equipos solo podrá hacerse en calidad de importador o exportador, o bajo la modalidad de importación de viajeros. Por su parte, los equipos celulares móviles inteligentes, o teléfonos móviles celulares no podrán ingresar o salir del territorio nacional por tráfico postal ni envíos urgentes.

Para traer mercancías al país como importador, la persona natural o jurídica deberá estar clasificada como tal en el RUT, estar inscrita en el registro policial, presentar la declaración de importación, el documento de relación de IMEI del total de los equipos expedido por el Mintic, que certifica que estos se encuentran registrados en Colombia y  que no aparecen en base de datos negativa, por hurto o extravío. También, se deberá adicionar un documento expedido por la CRC, en donde se certifica que los equipos entrantes cumplen con las normas técnicas en cuanto a emisiones electromagnéticas y usan las bandas aceptadas por los estándares del espectro radioeléctrico colombiano. Si alguno de estos requisitos no se cumple, la entrada de los equipos al país será detenida.

Por su parte, para efectos de exportación, no podrán ser enviados terminales móviles inteligentes, o terminales móviles celulares  y sus partes clasificadas en las subpartidas 8517.12.00.000 y 8517.70.00.00 arancelarias por tráfico postal o envíos urgentes. Solo podrán ser exportados para perfeccionamiento pasivo, es decir, para ser reparados o como Residuos Electrónicos y Eléctricos – RAEE.

En cuanto a la importación de las partes de celulares,  entre las que estarán sujetas a este control se encuentran: “micrófonos y sus soportes; altavoces (altoparlantes), incluso montados en sus cajas; auriculares, incluso combinados con micrófono; amplificadores eléctricos de audiofrecuencia; equipos eléctricos para amplificación de sonido”, según lo enunciado en las subpartidas arancelarias previstas en el Decreto. Vale aclarar que lo que está por fuera de estas subpartidas no tendrá ninguna restricción en la entrada al territorio nacional.

Tras la publicación del Decreto, Andrés Castelblanco, miembro del consejo de la Free Software Foundation de América Latina, aseguró que las limitaciones contenidas en la norma, impiden el desarrollo de la investigación y de la tecnología en el país ya que aunque se permite el ingreso de equipos homologados, no se permitiría la importación de algunas partes, situación que facilitaría el crecimiento del mercado negro y generaría basura electrónica a largo plazo.

La Redpatodos, un colectivo activista que defiende los derechos en entornos digitales también está abogando para que el gobierno revalúe la medida, en sus comentarios al decreto, dicen que la única posibilidad para muchos, de traer equipos con especificaciones particulares, cuyo sistema operativo no esté restringido por el operador, que se puedan actualizar de forma independiente y que se presten para el desarrollo de proyectos de innovación locales, ha sido la importación por tráfico postal y envíos urgentes. (Tomado de: http://redpatodos.co/blog/comentarios-decreto-2025/ – 11 de diciembre de 2015).

Hay que observar que las regulaciones del decreto se integran a la estrategia del Plan Vive Digital I 2010 – 2014, en el que el gobierno nacional se propuso la formalización de la cadena de comercialización de equipos celulares y adjudicó más de 7.000 licencias de autorización para los llamados Puntos de Venta de Equipo Términales Móviles (AETM). Reto que continua vigente para el período 2014-2018, mediante la consolidación de medidas que privilegien el uso de líneas móviles compradas en los AVETM o directamente con los operadores, en busca de la eliminación de hurto de equipos en el país. Esta medida ya tuvo éxito en países como Turquía. (Plan Vive Digital 2014-2018).

Sin lugar a dudas la discusión sigue abierta, las cifras de comercio electrónico van en crecimiento, en el 2014 la tecnología representó un 9% de las transacciones de comercio electrónico en Colombia según un informe de la firma PWC para la Cámara Colombiana de Comercio electrónico y el total de estas transacciones no presenciales fue de $9.961Millones, cifra que ya representa el 2.62% del PIB. Con esta cifra es importante no dejar de evaluar el tema de la generación de basura electrónica a largo plazo en el país y las implicaciones colaterales de la expedición de todo tipo de normatividad en estas áreas.

Tomando en cuenta que el reporte de mipymes 2014, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, establece que el 50% de las microempresas está en el sector comercio, que aproximadamente el 60% de las pequeñas y medianas empresas se encuentra en el sector servicios y  que el 81% del empleo en la economía colombiana es generado por las mipyme, el principal desafío del gobierno en este cuatrienio, será fortalecer las empresas de base tecnológica o que comercian equipos de telecomunicaciones, para que estas tengan capacidad de ofrecer mayor variedad de productos y servicios aumentando la competitividad local beneficiando a los usuarios de servicios de telecomunicaciones y a todos aquellos interesados o relacionados con los servicios que presta esta gran industria.

 

Pero, ¿cuál es la problemática detrás del hurto de celulares?

 

En el encuentro con Alcaldes y Gobernadores a comienzos de la semana pasada, en el marco de la Escuela en Alto Gobierno TIC organizado por el MinTIC, la Presidencia, junto a la Policía, presentaron un diagnóstico de la situación del robo de celulares en el país. Según datos de la Policía en su última encuesta de victimización, el 71% de las personas que aseguran haber sido víctimas de algún delito, fueron víctimas de hurto a celulares, porcentaje que equivale a 1.1 millones de personas.

La ciudad más afectada por la problemática es Bogotá. Sin embargo, la situación está concentrada en las 10 ciudades más importantes del país, aunque se ha ido trasladando a ciudades intermedias

En muchos casos, el fin del hurto hace parte de una estructura de tráfico transnacional con los equipos móviles. Según la Policía Nacional, el mercado de celulares robados mueve cerca de 400 millones de dólares anuales, de cada 100 celulares robados, 70 salen del país y se ha identificado que los celulares que salen de Colombia se revenden en países como Argentina o Perú.

 Paola Acosta, funcionaria de la Secretaría de Prensa de la Presidencia, aseguró en este evento, que la Policía ya ha desmantelado 40 organizaciones en los últimos 6 meses, 78.000 celulares han sido recuperados y 10.500 personas han sido judicializadas. También agregó que se está adelantando un sistema que comenzará a funcionar desde el primero de febrero de 2016, por medio del cual se podrán hacer reportes de robo y avisar a las autoridades en un sola llamada.

 

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Por: Andrea Ospina, Comunicadora Social y Periodista.

@andosp12

Diciembre de 2015

Imagen: CC Image courtesy of Alykat on Flickr

 

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