0. Ranked Firm 2023

Cuestiones clave en la contratación TI

Comparte:

martes, 26 de abril de 2016
En procesos de contratación pública de productos TI el tema de las garantías  específicas del producto, las dudas sobre la estandarización aplicable a soluciones tecnológicas y las quejas constantes alrededor de certificados de calidad, son temas que a diario generan consulta. Hablaremos sobre los puntos más consultados entre las empresas de tecnología.

 

Garantías sobre productos TI

 

Es común encontrar en los procesos de licitación la exigencia de una garantía extendida de los productos, acompañada del otorgamiento de puntaje adicional por período de tiempo ofertado. En estos casos las entidades públicas deben haber contemplado en sus estudios previos la justificación que llevó a la solicitud de tiempo adicional de acuerdo al ciclo de vida del producto, pues de nada sirve tener un producto con garantías, sobre el cual el fabricante ya no presta ningún tipo de soporte o no produce ningún tipo de repuesto o actualización.

Adicionalmente, la entidad pública debe establecer como requisito dentro del pliego de condiciones la vigencia del proponente mismo, por un plazo no menor al de la garantía, asegurando la respuesta oportuna ante la ocurrencia de los eventos contemplados en la misma, cuándo quién responde por la extensión es el canal.
Por último y no menos importante, la expedición de certificación de ejecución del contrato debe dejar claridad sobre el plazo de vigencia de la garantía; es deber del funcionario certificador, en nuestra opinión, dar a conocer al público que existe por lo menos una obligación vigente y extendida sobre la contratación cuando se trata de garantías que incluyen obligaciones de hacer de parte del canal que suscribe el contrato con la entidad pública.

 

«Es común encontrar en los procesos de licitación la exigencia de una garantía extendida de los productos…»

 

Estandarización

Cada vez son menos los procesos en los que las entidades públicas requieren desarrollo de sistemas específicos o únicos para ejecutar procesos tecnológicos, y cada vez son menos las funcionalidades requeridas que no se puedan encontrar en la industria y cotizar bajo parámetros estandarizados internacionalmente, de hecho la tendencia a la estandarización aporta beneficios al desarrollo de las entidades y debe preferirse en la mayoría de los casos.

 

 

«El trabajo de la entidad pública, en este caso, es determinar las necesidades sin limitar las posibilidades de participación de los oferentes…»

 

El trabajo de la entidad pública, en este caso, es determinar las necesidades sin limitar las posibilidades de participación de los oferentes dando prevalencia a productos o procesos estandarizados que posteriormente no cierren la contratación o actualización a un solo oferente sino que permitan recibir pluralidad de ofertas, mejorar continuamente los procesos y proceder con cambios, renovaciones y actualizaciones sin mayores complicaciones. En estos casos, los acuerdos marco de precios son un gran instrumento y los procesos de subasta inversa que se llevan a cabo para la compra de bienes con características técnicas uniformes.

 

Certificaciones de calidad

 

Desde la expedición de la Ley 1150 de 2007 quedó establecido que las certificaciones de sistemas de gestión de calidad no serían objeto de calificación, ni serían establecidas como documentos habilitantes para la participación en procesos públicos.
Tal y como relató la Corte Constitucional en la revisión a esta norma (Sentencia C-942/08), la decisión del Congreso obedeció en aquella época a la intención de evitar la exclusión de aquellas empresas que en regiones apartadas carecían del requisito.
Ahora los tiempos han cambiado, como también la norma y la intención del legislador que su momento, a nuestro modo de ver, impulsaron la participación y colaboraron al sector, sin embargo, hoy en día el panorama es distinto, el MINTIC ha invertido un presupuesto considerable para lograr que más de 100 empresas de tecnología cuenten con los certificados de gestión de calidad que se expiden sobre los procesos de la industria TIC y su objetivo es que este número se triplique en los próximos años.

 

«Desde la expedición de la Ley 1150 de 2007 quedó establecido que las certificaciones de sistemas de gestión de calidad no serían objeto de calificación…»

 

Bajo este panorama que impulsa la competitividad sería lógico pensar o proponer que este sea un tema a considerar en la reforma que se esta planteado al estatuto de contratación, sin embrago, es un tema que debe ser tratado a fondo y con la rigurosidad que impone su importancia.

Agradecemos a Camilo Ochoa por proponernos estos temas y mostrar interés en los mismos.

 

Si tiene alguna duda o inquietud en temas de emprendimiento, creación de empresas,  estructuración de modelos de negocio en TI, dudas jurídicas relacionadas o quiere una revisión legal de su modelo de negocio en tecnología, ingrese a http://www.abogadotic.co, escríbanos al correo [email protected], o pregunte en Twitter a @NODAbogada

 

LAS OPINIONES COMPARTIDAS Y EXPRESADAS POR LOS PERIODISTAS Y CONTRIBUYENTES DE ESTE BLOG SON LIBRES E INDEPENDIENTES Y DE ELLAS SON RESPONSABLES SUS PROPIOS AUTORES. NO REFLEJAN NI COMPROMETEN LA RESPONSABILIDAD, LA OPINIÓN DE GRUPO D&P SAS, Y TAMPOCO CONSTITUYEN ASESORÍA O CONSULTORÍA LEGAL, POR LO CUAL NO PUEDEN SER INTERPRETADAS COMO RECOMENDACIONES EMITIDAS POR GRUPO D&P SAS. 

Stay Connected

More Updates

Abrir chat
Escanea el código
Hola,
¿Cómo podemos ayudarle?